Herencia Intestada: Reparto herencia sin testamento - Parrilla Abogados

Herencia intestada: Cómo repartir una herencia sin testamento

Herencia intestada: Cómo repartir una herencia sin testamento

Sabemos que las herencias pueden ser un tema complejo de gestionar y objeto de disputas familiares. Nuestras leyes recogen tres tipos básicos de sucesión hereditaria: la testamentaria, la intestada y la mixta. En estos casos, la testamentaria es la más fácil de gestionar.

Pero, ¿qué ocurre cuando no se tiene testamento al fallecer un familiar o se considera nula su aplicación? Entra en juego la modalidad de herencia que conocemos como intestada o sucesión abintestato. Si una herencia tiene o no testamento hace que varíe el orden en el que la van a recibir y la cuantía de la misma.

Características de la herencia intestada

En casos de herencias intestadas es necesario que se determine quiénes serán los sucesores del patrimonio de la persona fallecida. De esta forma, se designarán a los herederos legales o forzosos y se deberá realizar una declaración de herederos vía notarial. Se trata de una sucesión legal con independencia de la voluntad del fallecido.

Al igual que las herencias testadas, es una sucesión hereditaria y a título universal, en la que se incluyen todos los bienes, derechos y obligaciones de la persona.

Cuándo sucede según lo recogido en el Código Civil

La sucesión intestada se encuentra regulada en los artículos 912, 913 y 914 del Código Civil y en el 55 y 56 de la Ley del Notariado. Algunos de los casos en los que podemos determinar que existe una herencia intestada son:

  • Cuando una persona fallece sin haber realizado testamento. También si el testamento es nulo o ha perdido su validez.
  • Si el testamento no especifica la institución de heredero, bien sea sobre todos o en parte de los bienes. En este caso incurrimos en la sucesión mixta, donde se combinan la herencia testada – sobre aquellos bienes especificados- y la intestada.
  • Cuando el heredero no cumple con la condición dispuesta en el testamento para suceder o fallece con anterioridad y no existen sustitutos designados.
  • Por incapacidad del heredero

Quiénes son los herederos de una sucesión intestada

Cuando hacemos frente a un caso de estas circunstancias, el problema fundamental que encontramos es que los herederos no lo son por voluntad de la persona fallecida, sino por imperativo legal. Esto da lugar a que los bienes no tengan porqué pasar a las personas que desearía el fallecido, sino a las que son sus herederos a ojos de la ley. ¿Quiénes son y en qué orden se encuentran?

  1. En primer lugar, encontramos a los hijos, tanto matrimoniales como extramatrimoniales, de la persona fallecida. Son herederos por derecho y a partes iguales, sin distinción de sexo o edad. En caso de que haya algún hijo fallecido, este derecho pasará a los nietos, dividiéndose entre la parte correspondiente al hijo.
  2. Si la persona fallecida no tuviera descendencia alguna, ni hijos ni nietos, el derecho de heredero pasaría a sus padres. Si alguno de los dos padres también ha fallecido, el progenitor que quede vivo será el que herede el total. En caso de que hayan fallecido ambos progenitores, el derecho pasa a los abuelos.
  3. Cónyuge. En tercer lugar, en caso de no encontrar descendencia ni ascendencia, se estipula como heredero al cónyuge viudo de la persona fallecida.
  4. Cuando no existen ninguno de los colectivos anteriores, la herencia pasaría a los hermanos, los sobrinos, los tíos y los primos de la persona fallecida, por ese orden.
  5. En última instancia, la herencia pasaría a manos del Estado.

Los métodos para repartirlos

La ley recoge tres modelos de distribución de la herencia para estos casos:

  • Por “cabezas”. El reparto se hará a partes iguales entre las personas con derecho de sucesión. Si existe un doble vínculo – parentesco por las dos ramas familiares-, lo harán por partida doble.
  • Por “estirpes”. Consiste en dividir la herencia en tantas partes iguales como grupos de parientes Se da en el derecho de representación y dentro de las propias estirpes se sucede por cabeza.
  • Por “líneas”. Se divide la herencia en dos partes, una para los parientes maternos y otra para los paternos. Este reparto se hace al 50%, independientemente de cuantas personas conforme cada línea. Dentro de las mismas, se reparte por cabeza.

Declaración de herederos abintestato

Para resolver de forma legal la sucesión intestada, se necesita el Acta de Declaración de Herederos Abintestato. Este documento es el que determina cuáles son los herederos legales del patrimonio. El orden será según el anteriormente comentado.

El trámite para la emisión del Acta de Declaración de Herederos se realizará vía notarial. Para ello se deben aportar los siguientes certificados, según el caso:

  • De defunción.
  • Empadronamiento de la persona fallecida.
  • Certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, para acreditar que no existe testamento alguno o que este es nulo.
  • Nacimiento de los herederos.
  • Defunción de los hijos fallecidos y nacimiento de los hijos de estos.
  • Matrimonio de la persona fallecida.
  • DNI de la persona fallecida o certificado de empadronamiento, para acreditar su domicilio habitual.

Deberán comparecer ante el notario dos testigos que sean mayores de edad para testificar sobre las circunstancias personales y familiares del fallecido.

Desde la firma del requerimiento del acta notarial, deberán transcurrir 20 días hábiles para poder expedir una copia del Acta de Declaración de Herederos Intestados y realizar la petición de la herencia.

Dado que es una situación compleja, en Parrilla Abogados ponemos a tu disposición nuestra dilatada experiencia en temas de herencias. Envíanos tu caso y contactaremos contigo para resolverlo.

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