¿Cuándo debes pagar impuestos en las indemnizaciones por accidente de tráfico? | Parrilla Abogados

¿Cuándo debes pagar impuestos en las indemnizaciones por accidente de tráfico?

¿Cuándo debes pagar impuestos en las indemnizaciones por accidente de tráfico?

La campaña de la declaración de la Renta ha comenzado y es momento de hacer cuentas. Junto a los ingresos habituales, cualquier compensación económica debe tenerse en cuenta a la hora de cumplir con las obligaciones fiscales que exige la Agencia Tributaria. Entre ellas, una de la que genera más dudas es la referente al pago de impuestos en los casos de indemnizaciones por accidente de tráfico. En este artículo vamos a darle respuesta a esta gran pregunta, pero con algunos condicionantes.

Las indemnizaciones por accidente de tráfico NO tributan

Esta es la regla general en la declaración del IRPF. Las indemnizaciones por siniestros viales están exentas de tributar, al no considerarse una ganancia de enriquecimiento personal. Así está recogido en el artículo 26 de la Ley 50/1980, de 8 de octubre, de Contrato de Seguro.

Aun así, y como suele ocurrir generalmente, existen una serie de excepciones que no puedes olvidar. Como vamos a comprobar, algunos de estos casos siguen sin considerarse en la Renta, pero eso no significa que requieran de ciertas obligaciones tributarias ante Hacienda.

Los casos en los que debes pagar impuestos por tu indemnización

Como abogados especializados en accidentes en Sevilla, no solo conocemos las particularidades derivadas de las reclamaciones de indemnizaciones, sino que también hemos vivido varios casos en los que nuestros clientes sí han tenido que pagar impuestos en relación a sus indemnizaciones por accidente de tráfico. Estas serían las situaciones condicionantes para ello:

  • Las cantidades que pagan las compañías de seguros suelen estar sujetas al baremo de accidentes, el cual va actualizándose cada año. Si la aseguradora estableciera una cantidad mayor a la que indica el baremo por cualquier consideración (mayormente por un acuerdo extrajudicial), la diferencia sí se considera una ganancia patrimonial y debe figurar en la presentación anual de los impuestos.
  • Si la aseguradora incumple con el pago en el plazo de 40 días desde la comunicación del accidente por parte de la víctima, esta puede reclamar intereses de demora. Dicha cantidad adicional a la indemnización sí cuenta con la obligación de declaración en la Renta de las Personas Físicas.
  • Cuando es la familia la que recibe la compensación económica por el fallecimiento de la víctima, continúa la excepción de pago por el IRPF. Sin embargo, se considera una herencia del fallecido. Por lo tanto, hay que cumplir con la Agencia Tributaria mediante el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.
  • La indemnización como renta vitalicia sí exige el pago de impuestos. La singularidad de este caso se debe a que la cantidad recibida compensa el salario que no podrá recibir la persona afectada, al quedar imposibilitada para trabajar como consecuencia del accidente.

Estas son solo algunas de las circunstancias surgidas por la reclamación de indemnizaciones por accidentes de tráfico. Para estas y otras cuestiones, en Parrilla Abogados resolvemos todas tus dudas con un trato personalizado y nos encargamos de que cobres la máxima cantidad posible.

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