¿Qué dice actualmente la normativa sobre patinetes eléctricos? Actualizamos la información | Parrilla Abogados

¿Qué dice actualmente la normativa sobre patinetes eléctricos? Actualizamos la información

¿Qué dice actualmente la normativa sobre patinetes eléctricos? Actualizamos la información

Los vehículos de movilidad personal (VMP) se han convertido en un medio de transporte habitual en el día a día de muchas personas. Su facilidad para el desplazamiento, especialmente en las horas punta, y sus beneficios para el medio ambiente son factores muy atrayentes para apostar por ellos como la mejor alternativa para desplazarse. Este auge en su uso ha conllevado también un aumento de la necesidad de aplicar una normativa específica, especialmente para los patinetes eléctricos.

La reciente incorporación de las reglas relativas a su conducción provoca que aún existan muchos usuarios y usuarias ignorándolas, una circunstancia que jugará en su contra ante posibles reclamaciones. Desde Parrilla Abogados, como abogados especializados en accidentes de tráfico en Sevilla, vamos a hacer un repaso a las indicaciones actuales de la Dirección General de Tráfico con respecto a este tema. Como puedes comprobar, es un asunto que llevamos siguiendo desde hace tiempo por resultar de interés general. Ya hablamos en su día sobre las primeras instrucciones aportadas por la DGT para el uso de patinetes eléctricos.

¿Por qué se ha actualizado la normativa sobre patinetes eléctricos?

Como ya hemos comentado, el incremento en el uso de VMP ha requerido de una actualización inmediata para responder ante posibles accidentes. Sus conductores y conductoras son especialmente vulnerables por las condiciones del vehículo, además de que ha existido cierto descontrol causante de nuevos tipos de siniestros viales que deben regularse para responder adecuadamente en estos casos. Debido a ello, también se han establecido posibles multas en la normativa ante irregularidades de las personas que conducen patinetes eléctricos.

Aunque las primeras reglas surgieron en las ordenanzas de varios ayuntamientos de grandes ciudades, la DGT se puso manos a la obra para ir oficializando y unificando criterios a nivel nacional. El caso más reciente, y que ha certificado la oficialidad de estas normativas, ha sido la reciente entrada en vigor de una nueva ley de Tráfico. Sin embargo, estas disposiciones irán actualizándose continuamente para una regulación más acertada en la conducción de este tipo de vehículos. Mientras tanto, vamos a ceñirnos a las últimas novedades y a los puntos más importantes establecidos hasta ahora.

Claves de la normativa sobre patinetes eléctricos

Lo cierto es que la normativa sobre patinetes eléctricos abarca diversos temas al respecto, desde las exigencias técnicas hasta las condiciones para su conducción. Repasamos cada punto a tener en cuenta:

  • Velocidad máxima a 25 km/h. Por diseño, los motores eléctricos para este tipo de vehículos solo pueden contar con una velocidad máxima que oscila entre 6 y 25 kilómetros por hora.
  • Certificado de circulación. Una duda habitual es la referente a la necesidad de tener carnet de conducir para conducir vehículos de movilidad personal. La respuesta es no, pero los fabricantes deben incluir este certificado de circulación donde se recojan las características del patinete y se corrobore que cumplen con las condiciones de seguridad obligatorias.
  • Uso obligatorio del casco. Una de las incorporaciones más recientes a la normativa sobre patinetes eléctricos es la obligatoriedad en el uso del casco para su conducción. No llevarlo puede suponer una multa de 200 euros y la paralización del vehículo.
  • Visibilidad nocturna. Otra medida de seguridad indispensable es la incorporación de luces de posición y otros elementos reflectantes para ser visibles al resto de conductores y los peatones. Si no, la multa sería también de 200 euros.
  • Más métodos de seguridad. Por otro lado, también se exige que el patinete incluya un sistema de frenado y un timbre como advertencia acústica.
  • Sanción por usar dispositivos electrónicos. También es posible recibir una multa de 200 euros si la persona que circula con el patinete lleva auriculares o está utilizando el móvil.
  • Prohibido circular por aceras. Solemos ver muchos patinetes eléctricos por la acera, pero lo cierto es que la normativa prohíbe esta acción. Otras zonas donde se prohíbe circular con VMP son las vías interurbanas y los túneles urbanos.
  • Tasa 0,0 de alcohol. La ingesta de alcohol está totalmente prohibida si vas a conducir un patinete eléctricos. De hecho, podrías recibir una multa entre 500 y 1000 euros. En el caso de consumo de drogas, la multa sería de 1000 euros.

Por supuesto, seguiremos pendientes ante las posibles novedades que se vayan incorporando a la normativa sobre patinetes eléctricos. Consúltanos para más información.

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