Divorcios y mascotas. ¿Qué dice la ley al respecto? | Parrilla Abogados

Divorcios y mascotas. ¿Qué dice la ley al respecto?

Divorcios y mascotas. ¿Qué dice la ley al respecto?

Cuando se produce la ruptura de un matrimonio, uno de los focos de conflicto más habituales suele ser el relacionado con los animales. Actualmente estamos en un contexto donde aumentan los casos de divorcios y mascotas adoptadas, llegando a producirse una pugna incómoda cuando ambas situaciones chocan entre sí.

Este conflicto de intereses y la mayor concienciación hacia los derechos de los animales y su cuidado, ha levantado a numerosas voces que pedían una regulación donde se marcaran soluciones eficaces y los pasos a seguir. De hecho, la falta de medidas sobre los divorcios y mascotas en la legislación española ha originado diversas consideraciones en los juzgados. Mientras que unos jueces decidían sobre la custodia del animal, otros se negaban porque no era un asunto que tratara el Código Civil. Eso cambia a partir de ahora…

La regulación legal sobre los casos de divorcios y mascotas implicadas

Hasta hace muy poco, las mascotas estaban consideradas meros objetos y, como tales, podían ser embargados, vendidos o apartados de uno de los cónyuges en casos de divorcio, sin poder recurrir legalmente al respecto. Sin embargo, se ha impulsado una ley para que los animales sean considerados seres vivos sintientes, por lo que también se consideran miembros de la familia. Esta novedosa normativa modifica tanto el Código Civil como las leyes Hipotecaria y de Enjuiciamiento Civil.

Con respecto al tema central que nos ocupa, el de los divorcios con animales de compañía implicados, estas modificaciones legales regulan la custodia entre las dos personas que finalizan la relación matrimonial. Estos son los aspectos más relevantes al respecto:

  • El tribunal deberá decidir el grado de participación de cada cónyuge en la manutención económica de la mascota.
  • A la hora de tomar una decisión, el juez tiene que considerar el bienestar del animal de compañía.
  • Con respecto al anterior punto, cabe destacar que la sentencia de divorcio puede llegar a descartar la custodia por antecedentes de maltrato animal.
  • La crueldad con animales o el chantaje a la expareja con las mascotas influirá en la custodia de los hijos e hijas, llegando a considerarse violencia vicaria.

Si hablamos de divorcios y mascotas con menores de por medio, el proceso judicial debe considerar también aquellas condiciones para la custodia del animal de compañía que sean favorables para el bienestar de los hijos e hijas.

El acuerdo amistoso, una posible solución para la custodia de las mascotas

Aunque a partir de ahora vamos a contar con una reglamentación a nivel judicial, antes y ahora es posible (e incluso recomendable) optar por la vía del acuerdo amistoso. Por supuesto, también en los casos de divorcios y mascotas implicadas. Mientras que el proceso contencioso exige la implicación de abogados especialistas en derecho de familia, en los procesos amistosos no es obligatorio, aunque sí se recomienda encarecidamente por el asesoramiento legal que aporta y por ejercer como moderador entre ambas partes.

Como introducción al tema, y dada nuestra experiencia en los diferentes tipos de divorcio que existen, estos son algunos aspectos que aconsejamos tener en cuenta para negociar la custodia de las mascotas:

  • El cónyuge que cuida habitualmente del animal.
  • El tiempo disponible por cada uno para la atención de la mascota.
  • La relación de los descendientes con los animales de compañía y, por lo tanto, quién se hará cargo de la custodia de los niños y niñas para decidir la referente a los animales.
  • Quién tiene una vivienda adaptada. En este caso, es habitual que la custodia recaiga sobre la persona que seguirá habitando el antiguo domicilio conyugal.
  • El desenvolvimiento económico de cada persona.

Antes de tomar una decisión definitiva, en Parrilla Abogados estudiamos todos estos factores para orientar a las exparejas y tomar una decisión definitiva que resulte satisfactoria. Y, si fuese necesario, también asumimos el papel de representación en los divorcios de tipo contencioso, tratando asuntos como el relativo a la custodia de las mascotas. Ponte en contacto para presentarnos tu caso y te responderemos para iniciar los trámites inmediatamente.

Envíenos su consulta y un miembro de nuestro equipo le atenderá personalmente.




    954 28 28 64
    despacho@parrillaabogados.com
    C/ Juan Sebastián Elcano, 16 B – 6º 1, 41011 Sevilla
    Scroll al inicio